ENFERMEDAD LABORAL
¿Qué hacer en caso de una
Enfermedad Laboral?
El trabajador debe dirigirse al
hospital o clínica adscrita a su EPS en donde el médico tratante le diagnosticó
una posible enfermedad laboral, efectuando la remisión médica a Riesgos
Laborales para su evaluación y valoración. La calificación de la enfermedad
laboral será determinada, en primera instancia, por el médico tratante que
atiende al afiliado.
Luego de diagnosticada, la empresa
enviará el Reporte de la Enfermedad Laboral a la Administradora de Riesgos
Laborales (ARL) y a la Entidad Promotora de Salud (EPS), en forma simultánea,
dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al diagnóstico de la enfermedad.
La institución de
salud que atiende al trabajador es quien decide si la enfermedad es o no de
trabajo, decisión que podrá ser revisada por una Comisión de la ARL. Sin embargo
sí no hay un acuerdo en torno a si se trata o no de una enfermedad laboral,
deberá resolverse el asunto por una junta con profesionales de la EPS y la
ARL.
No es posible que
el jefe despida a un trabajador cuando se encuentra en una incapacidad temporal
por la enfermedad o haya sufrido accidente laboral, por el contrario, cuando
termine la incapacidad, el trabajador debe ser reubicado en el mismo cargo o en
otro de la misma categoría.
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