domingo, 2 de abril de 2017

Nivel de los Acuerdos

 Aunque el artículo 476 del C.S. del T. define la convención como aquella "que se celebra entre uno o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores por otra parte", la práctica de la negociación está restringida sólo al nivel de empresa, lo cual se ve reforzado por el hecho de que, en nuestra legislación laboral, los sindicatos de industria deben operar como sindicatos de empresa, y la propia reglamentación legal de la negociación colectiva está definida sobre la base de negociación desde cada empresa por separado.

Sin embargo, este esquema restringido ha sido roto  desde hace mucho tiempo por los trabajadores y trabajadoras del magisterio, quienes negocian sus reivindicaciones nacionalmente con el Ministerio de Educación.

Sindicatos como Sintraelecol  en el sector eléctrico y Sintragro en la región bananera de Urabá, han logrado romper el esquema de la negociación sólo con la empresa logrando acuerdos desde un nivel sectorial y de rama. El acuerdo marco del sector eléctrico estipula,  entre otros, aspectos como régimen disciplinario, salarios, escalafones, flexibilidad, estabilidad y contratismo, además de referencias específicas a temas de competitividad y productividad. El acuerdo marco del sector bananero de Urabá incluye los siguientes aspectos: incrementos salariales, salario básico convencional, salarios por productividad, pago de incapacidades, vivienda y jornada de trabajo.


En el sector bancario, la UNEB, el sindicato más importante del sector financiero, tomó la iniciativa de presentar un pliego unificado para el sector, iniciativa que por el momento sólo ha tenido como resultado la de constituir una mesa de diálogo sectorial y la convocatoria a unos foros nacionales.


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